miércoles, 11 de junio de 2014

RE: Mobbing o Acoso Laboral : Conoce que emociones te produce


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Date: Wed, 11 Jun 2014 09:13:05 +0000
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Subject: Mobbing o Acoso Laboral : Conoce que emociones te produce

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Mobbing o Acoso Laboral : Conoce que emociones te produce

"Echar un vistazo a la topografía de las emociones corporales nos permitirá idear una herramienta para el estudio de las emociones. Es posible que esta herramienta pueda, en un futuro, ofrecer una relación de signos biológicos de ciertos trastornos emocionales", afirman los investigadores.

Un equipo de científicos finlandeses ha logrado generar un mapa corporal que muestra las emociones humanas. Estos investigadores de la Universidad de Aalto descubrieron que cada emoción genera respuestas concretas en zonas corporales determinadas, siendo estas reacciones independientes del sustrato cultural del sujeto.

Por consiguiente, los investigadores finlandeses llegaron a la conclusión de que este mapa de las emociones sugiere que las respuestas emocionales humanas tienen fundamento biológico y son universales.

El estudio explica que las reacciones emocionales del cuerpo humano son mecanismos biológicos que nos habilitan para responder ante un contexto cambiante, capacitándonos para defender nuestra integridad o para disfrutar de los buenos momentos.

Según Lauri Nummenmaa, profesor de neurociencia y uno de los miembros destacados del equipo que realizó la investigación, las emociones modulan no únicamente la salud mental del sujeto, sino también el estado corporal del mismo.

"Así, las emociones nos preparan para poder responder de forma casi instintiva a los peligros. Asimismo, nos habilita para reaccionar en otros contextos, como en el caso de el disfrute de las interacciones sociales".

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RE: Mobbing Madrid, interpone una petición ante la OEA en apoyo de empleada pública mexicana

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Date: Mon, 9 Jun 2014 16:32:47 +0000
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Subject: Mobbing Madrid, interpone una petición ante la OEA en apoyo de empleada pública mexicana

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Mobbing Madrid, interpone una petición ante la OEA en apoyo de una empleada pública mexicana

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jueves, 29 de mayo de 2014

RE: Presión laboral tendenciosa, definición jurídica del mobbing o acoso laboral




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Date: Thu, 29 May 2014 13:18:21 +0000
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To: drgabrielmott@hotmail.com
Subject: Presión laboral tendenciosa, definición jurídica del mobbing o acoso laboral

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Presión laboral tendenciosa, definición jurídica del mobbing o acoso laboral

Presión laboral tendenciosa, definición jurídica del mobbing o acoso laboral

El Magistrado Ramón Gimeno Lahoz, en su libro "La presión laboral tendenciosa: el mobbing desde la óptica de un juez ", expone la necesidad de una interpretación única de este delito.

Definición del mobbing: "Así pues, el concepto de mobbing queda definido por el encuadramiento sobre un periodo de tiempo bastante corto de intentos o acciones hostiles consumadas, expresadas o manifestadas, por una o varias personas, hacia una tercera: el objetivo."

Presión laboral tendenciosa            

En su tesis, desarrolla el término "presión laboral tendenciosa" en lugar de los términos mobbing o acoso laboral por considerar que se trata de una definición que no usa términos con connotaciones negativas y fácil de entender y recordar.

Añade, que lo importante es que sea un concepto jurídico uniformado, dado que el gran error ha sido no seguir esta línea, lo que ha provocado que las víctimas queden desprotegidas. Sin este concepto único, el problema se queda más en el pataleo que en la verdadera protección.

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viernes, 23 de mayo de 2014

RE: El Tribunal Supremo ratifica que el El Corte Inglés discrimina a sus empleadas

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Date: Fri, 23 May 2014 09:29:00 +0000
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Subject: El Tribunal Supremo ratifica que el El Corte Inglés discrimina a sus empleadas

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El Tribunal Supremo ha confirmado que el centro de El Corte Inglés del Paseo de Zorrilla de Valladolid discrimina a sus empleadas por razón de género, al ser su complemento personal muy inferior al de sus compañeros hombres.

En concreto, el auto del Alto Tribunal ratifica el fallo anterior, en idéntico sentido, dictado en junio de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que declaró que seis trabajadoras pertenecientes al referido centro, que presentaron demanda a través de los servicios jurídicos de CC.OO, habían visto vulnerado su derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo.

Para el tribunal castellanoleonés, cuyo falló se ha visto ahora confirmado por el Supremo, se habían aportado indicios suficientes que demostraban esa vulneración y, sin embargo, El Corte Inglés no acreditó que los criterios que aplica a la hora de abonar el complemento personal sean objetivos y transparentes.

En concreto, el Supremo ha condenado a la empresa a abonar a las trabajadoras un complemento como mínimo igual que el de los hombres --frente a la situación anterior, por la que resultaba un promedio de 81,81 euros por trabajadora y 199,60 por trabajador--, y una indemnización de 2.338,24 por las diferencias entre los complementos.

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