jueves, 11 de marzo de 2010

RE: "Programa de Formación de Supervisores y Mandos Medios" - Inicia 5 de Abril de 2010 - Turno Matutino

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Date: Thu, 11 Mar 2010 14:40:19 -0200
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Subject: "Programa de Formación de Supervisores y Mandos Medios" - Inicia 5 de Abril de 2010 - Turno Matutino

Documento sin título
7MA EDICIÓN POR PLAZAS AGOTADAS

TURNO MATUTINO: INICIA 5 DE ABRIL DE 2010

 
"Programa de Formación de Supervisión y Mandos Medios"

LIDERAZGO - MOTIVACIÓN - DELEGACIÓN EFECTIVA - PLANEAMIENTO - TOMA DE DECISIONES - COMUNICACIÓN- TRABAJO EN EQUIPO

Duración: 18 horas - Intensivo - Turno Matutino

5 de Abril al 16 de Abril de 2010

Máximo de plazas disponibles: 30

A dictarse en seis encuentros de tres horas.
Día de dictado: Lunes, Miércoles y Viernes de 8.00 a 11.00 hs.
Prácticas de aprendizaje con técnicas y ejercicios interactivos.
Certificados de asistencia y aprobación del programa.
IMPORTANTE: Aranceles especiales por pago anticipado hasta el 25 DE MARZO DE 2010.
Cronograma del Entrenamiento
Lunes
5
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs
Miércoles
7
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs
Viernes
9
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs
Lunes
12
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs
Miércoles
14
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs
Viernes
16
de Abril de 2010 8.00 a 11.00 Hs

Titular de Cátedra:

Lic. "Alejandro Rammauro"

Auditorio de Managerial Escuela de Negocios

Ciudadela 1432 - 302 - MVD


Dirigido a :
Aranceles:
Aranceles en Pesos Uruguayos

Arancel del Curso Completo ($urug)

Inscripciones Generales:
2.500
Arancel Especial por cancelación anticipada hasta el 25 DE MARZO DE 2010
2.000
Exámen Final (Opcional)
fecha a designar
Entrega de Diploma de Aprobación expedido por Managerial Escuela de Negocios
fecha a designar
Reservas e Inscripciones:

Inscripción Asistida indicando teléfono para contacto

o Vía telefónica al 900-2026 (Rotativas)

Plazas Limitadas

Las inversiones en capacitación son deducibles en una vez y media u dos de su valor real.

En la liquidación del IRIC: Según titulo 4 del Texto Ordenado de 1996 Art. 13 Literal "P" (concordante con el Inciso. 2 del Art. 10 del Texto Ordenado de 1987) y el Decreto 840-988 Art. 41 al 46.

En la liquidación del IRAE: Son deducibles en un 150% de su valor real según el titulo 4 del Texto Ordenado de 1996 Ley 18083 actualizada al 31/12/2008, Art. 23 Literal A y el Decreto 150-007 Art. 43 a 45.



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