miércoles, 22 de octubre de 2014

RE: El e-mail, SMS, redes sociales o WhatsApp: ¿Prueba válida en un juicio de mobbing?

Publicado


Quienes estén a favor de de una 
Ley contra el 
ACOSO MORAL LABORAL 
firmen en este enlace



Date: Wed, 22 Oct 2014 12:48:45 +0000
From: mail@riesgospsicosociales.ning.com
To: drgabrielmott@hotmail.com
Subject: El e-mail, SMS, redes sociales o WhatsApp: ¿Prueba válida en un juicio de mobbing?

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El e-mail, SMS, redes sociales o WhatsApp: ¿Prueba válida en un juicio de mobbing?

En la legislación actual, la prueba electrónica o evidencia digital no está dentro de los medios de prueba convencionales. La ley ha excluido de la prueba documental a la prueba electrónica y ha introducido como prueba autónoma, la prueba por "medios o instrumentos" (arts. 292.2 y 382 a 384 LEC). Quedando la prueba electrónica al acuerdo de las partes para su aceptación como prueba.

Para aportar una "evidencia digital en un proceso judicial - con garantías de autenticidad e integridad de la prueba-, es necesario presentar la información digital, acompañada del soporte electrónico que la contiene y la garantía de autenticidad e integridad de la misma.

Por ello, es preciso que un perito informático analice la información digital, emita informe y así ayudar al juez a valorar su acreditación o no como prueba.

Tipos de evidencias digitales

  • Correos electrónicos recibidos o emitidos.
  • Mensajes emitidos o recibidos desde el teléfono m´vil (SMS, WhatsApp, etc).
  • Páginas Web y redes sociales (facebook, twitter...)

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