lunes, 26 de mayo de 2008

BOLETIN INREDH Nº10

CONTENIDO

BOLETIN Nº10

Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador


I.- Introducción:
II.- Metodología y consulta utilizadas por el Estado para la elaboración del informe para el EPU
III.- Normativa y marco Institucional para la promoción y protección de derechos humanos
1) Normativa para la promoción y protección de Derechos Humanos
2) Instituciones Nacionales de Derechos Humanos
IV.- Implementación y eficacia de la normativa y marco Institucional para la promoción y protección de derechos humanos
1) Implementación de las garantías constitucionales
2) Cumplimiento de obligaciones internacionales
3) La Dirección Nacional de Derechos Humanos
4) La Defensoría del Pueblo
V.- Cooperación del Estado ecuatoriano con los mecanismos de protección de los Derechos Humanos, ONG´s, Defensores/as de Derechos Humanos e Instituciones Nacionales de Derechos Humanos
1) ONG´s
2) Defensores/as de Derechos Humanos
3) Mecanismos Internacionales de Protección de los Derechos Humanos
VI.- Avances
VII.- Prioridades identificadas por INREDH en cuanto al trabajo en derechos humanos
VIII.- Recomendaciones sobre la canalización de recursos de la cooperación internacional

Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador

TEMAS TRATADOS: Situación Penitenciaria, Defensores/as de Derechos Humanos, Medio Ambiente, Violencia, Cumplimiento de Compromisos Internacionales, Marco Jurídico, Avances y Expectativas

ALCANCE: A nivel nacional

REFERENCIA: Informe presentado ante el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), para contribuir con el Examen Periódico Universal (EPU) establecido por el Consejo de Derechos Humanos, en su resolución 5/1 del 18 de Junio de 2007.

I.- Introducción:

El 15 de enero de 2007, el Economista Rafael Correa asumió las funciones de Presidente de la República del Ecuador. Su plan de gobierno se basa en cinco “revoluciones”: revolución constitucional y democrática; revolución ética: combate frontal a la corrupción; revolución económica y productiva; revolución educativa y de salud; y, revolución por la dignidad, la soberanía y la integración latinoamericana1.

En su primer año de mandato, el Presidente Correa ha demostrado vocación social, son méritos de su gobierno el incremento significativo en la inversión social en especial en la educación, salud y vivienda; y, la política pública de la democratización de los medios de comunicación. Como deficiencias del gobierno se pueden señalar la falta de políticas de protección del medio ambiente; la represión y criminalización de la protesta social; hostigamiento judicial de defensores de derechos humanos; y, el ejercicio del poder mediante decretos en lugar de seguir la vía de la creación de leyes.

En un proceso de consulta popular, 15 de abril de 2007, el pueblo ecuatoriano se pronuncio mayoritariamente por la realización de una Asamblea Nacional Constituyente de plenos poderes que reforme la Constitución y el marco institucional del Estado. La elección de asambleístas, realizada el 30 de septiembre de 2007, entregó al movimiento de gobierno más del 70% de la conformación de la Asamblea, las decisiones se tomarán por mayoría simple y deberán ser ratificadas por un referéndum.

El Ecuador sufre de serios conflictos sociales provenientes de proyectos de extractivos (madera, petróleo y minerales) en zonas habitadas, en territorios indígenas y en áreas naturales protegidas sin la consulta previa a las comunidades afectadas. En los próximos años los conflictos por la defensa de la naturaleza, del agua y del desarrollo sustentable se incrementarán si el actual y los futuros gobiernos no aplican políticas de información y toma de decisiones participativas con las comunidades, así como políticas transparentes que protejan los derechos humanos en la ejecución de dichos proyectos.

II.- Metodología y consulta utilizadas por el Estado para la elaboración del informe para el EPU.

El INREDH no fue invitado a la elaboración del informe del Estado Ecuatoriano para el EPU y no tenemos conocimiento sobre la realización o no de tal consulta a otros actores de la sociedad civil.

III.- Normativa y marco Institucional para la promoción y protección de derechos humanos.

1) Normativa para la promoción y protección de Derechos Humanos

El sistema de promoción y protección de los Derechos Humanos se encuentra consagrado en nuestra constitución, en dicho cuerpo normativo encontramos positivizados los derechos civiles (artículo 23); el derecho al debido proceso (artículo 24); derechos políticos (artículos 26 al 29); derechos económicos, sociales y culturales (artículos 30 al 82); y, derechos colectivos (artículos 83 al 92). Este amplio catalogo de derechos se complementa con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Ecuador, los cuales tienen rango constitucional según el artículo 23 de la Constitución.

El amplio catálogo de derechos humanos contenidos en la actual Constitución está respaldado con un débil sistema de garantías, entre las cuales se cuentan el amparo constitucional, el habeas corpus y el habeas data. La aplicación de dichas garantías se encuentra desarrollada en la Ley de Control Constitucional.

2) Instituciones Nacionales de Derechos Humanos: Dentro de la estructura estatal existen cinco instituciones encargadas de la promoción y protección de los Derechos Humanos: 1) los Jueces y Juezas de lo Civil y de instancia; 2) los Alcaldes y las Alcaldesas; 3) el Tribunal Constitucional; 4) la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno y Policía y 5) La Defensoría del Pueblo.

  • Los Jueces y juezas de lo Civil y de Instancia.- Son las personas designadas por la Constitución para conocer, en primera instancia, de las acciones de amparo constitucional y habeas data.
  • Los alcaldes y alcaldesas.- Son las autoridades designadas por la Constitución para conocer, en primera instancia, lo recursos de habeas corpus.
  • El Tribunal Constitucional.- Tiene jurisdicción nacional y es el que conoce los recursos de apelación de las acciones de habeas corpus, habeas data y amparo constitucional. Realiza además control constitucional concentrado mediante la acción de inconstitucionalidad, la cual puede ser planteada en cuanto al fondo cuando la norma impugnada va en contra de un derecho humano.
  • La Dirección Nacional de Derechos Humanos. – Dentro del Ministerio de Gobierno y Policía ha existido una Dirección Nacional de Derechos Humanos, que tiene la finalidad de conocer las denuncias que se presentan por violaciones a los Derechos Humanos, sobre todo de parte de la Fuerza Policial.
  • La Defensoría del Pueblo.- La Defensoría del Pueblo es un organismo público autónomo creado por la Constitución Política del Ecuador, cuya función es excitar y defender, en el ámbito de su competencia, la observancia y vigencia de los derechos humanos individuales y colectivos por parte del Estado y de las entidades privadas obligadas a ello.2 Cuando una persona ha sido objeto de una violación a sus derechos humanos puede presentar una queja ante la Defensoría del Pueblo, que de ser comprobada dará lugar a una Resolución Defensorial, en la cualse pueden tomar o recomendar una serie de iniciativas para enfrentar la situación violatoria de los derechos fundamentales, pero, lamentablemente, esta resolución no tiene la naturaleza de una sentencia judicial, siendo una mera recomendación sin carácter vinculante ni fuerza obligatoria.

IV.- Implementación y eficacia de la normativa y marco Institucional para la promoción y protección de derechos humanos.

  • Implementación de las garantías constitucionales.- Como mencionamos anteriormente, el amplio catálogo de derechos contenidos en la Constitución vigente no ha sido efectivo para garantizar dichos derechos. Hablamos en especial de las garantías de amparo constitucional y de habeas corpus; en el caso del primero los jueces y autores le han dado únicamente la característica de cautelar, lo cual le ha quitado su característica de medio de reparación de daños ya ocasionados como lo define textualmente la Constitución; por otro lado el amparo constitucional carece de medios de ejecución así que muchos amparos (sobre todo los que se refieren a DESC) han sido desacatados por las autoridades; y, en el caso del segundo los alcaldes y alcaldesas resuelven los habeas corpus con criterios políticos, nunca pasan a analizar la ilegalidad o arbitrariedad de la detención. En ambos casos existe falta de preparación por parte de quienes deben aplicar las normas tanto jueces, alcaldes y vocales del Tribunal Constitucional, no se exige especialización o conocimientos mínimos en derechos humanos para ocupar dichos cargos, por lo que las resoluciones de estas dos acciones, en la mayor parte de casos, carecen de fundamentación técnica3.
  • Cumplimiento de obligaciones internacionales.- En cuanto al cumplimiento de obligaciones internacionales, el Estado Ecuatoriano está con saldo rojo en lo que ha cumplimiento de las resoluciones de la Comisión y de la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, las decisiones de dichos organismos son cumplidas en la parte pecuniaria pero no se cumple con la investigación de los responsables de las violaciones. En uno de los casos de mayor vergüenza para el Ecuador, desde su regreso a la democracia, esto es los crímenes de estado (ejecuciones extrajudiciales) cometidas por el gobierno de León Febres-Cordero, la Corte Interamericana dicto la sentencia Benavides Cevallos contra Ecuador, la cual el Estado ha incumplido ya que no se han sancionado a los responsables de dicho crimen, que incluyen altos mandos militares y al propio ex presidente de la República4.
  • La Dirección Nacional de Derechos Humanos.- Esta Dirección a tenido graves falencias en su accionar, puesto que no es una entidad con independencia que pueda tomar decisiones firmes sobre los casos que conoce; por el contrario, sus decisiones están sometidas a la voluntad de las autoridades políticas que dirigen el Ministerio y, solamente tiene capacidad para sugerir procedimientos administrativos de sanción a los responsables de violaciones a derechos humanos.
  • La Defensoría del Pueblo.- En la práctica, la Defensoría del Pueblo emite muchas resoluciones a favor de los derechos humanos que no son acatadas por las demás entidades estatales.

V.- Cooperación del Estado ecuatoriano con los mecanismos de protección de los Derechos Humanos, ONG´s, Defensores/as de Derechos Humanos e Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.

1) ONG´s: El actual Gobierno no ha entrado en confrontación directa con las Organizaciones No Gubernamentales, sin embargo, se ha mencionado que se deben establecer regulaciones para controlarlas, se han interpuesto limitaciones a su trabajo o algunas son consideradas como organizaciones “opositoras”.

En relación al trabajo de las ONG´s ambientalistas, aquellas que lideran abiertamente el proceso de oposición a la extracción masiva de recursos naturales (Minería, Hidrocarburos, Madera, etc.) han sido identificadas por el gobierno como “opositoras”. Específicamente, la organización Acción Ecológica ha sido considerada como contraria a los intereses del régimen y, según información de sus integrantes, el Gobierno estaría impulsando un proceso de investigación a fin de encontrar alguna causal para cerrarla.

2) Defensores/as de Derechos Humanos: En relación a los/as defensores/as de derechos humanos, durante el transcurso de los años 2006 y 2007 en que INREDH ha ejecutado un proyecto de capacitación, acompañamiento y patrocinio legal de casos de persecución a defensores/as de derechos humanos, se han presentado al menos 60 líderes y liderezas de comunidades indígenas y campesinas criminalizados por realizar una labor de defensa de los derechos humanos y respeto al medio ambiente. La mayoría de estas denuncias son auspiciadas por las Compañías Nacionales o Transnacionales interesadas en explotar los recursos naturales del país, que han visto en los líderes sociales un obstáculo para la realización de sus fines.

Finalmente, cabe mencionar que el Poder Ejecutivo tiene una responsabilidad directa en la generación de estos conflictos, pues la mayoría de ellos responden a la oposición a proyectos de extracción de recursos que se realizan bajo la autorización del Gobierno, y aunque la mayoría de las concesiones fueron realizadas con anterioridad al actual régimen, esto no obsta la iniciación de un proceso de revisión de la legalidad de la adjudicación.

3) Mecanismos Internacionales de Protección de los Derechos Humanos.- Durante los últimos tres años, el Gobierno nacional ha colaborado activamente con los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos, permitiendo y coordinando la visita del Grupo de Trabajo de la ONU para las detenciones arbitrarias, de los Relatores de la ONU para la salud, alimentación, pueblos indígenas y mercenarios. Esta apertura para la realización de visitas de los distintos mecanismos de la ONU no se ha reflejado en la implementación de sus recomendaciones.

VI.- Avances:

  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.- Como uno de los avances más destacables, el Gobierno Nacional creó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dirigido sobre todo a mejorar la situación del Sistema Penitenciario Nacional, que se encuentra en una situación de colapso a causas del hacinamiento, la violencia y la corrupción a nivel de las cárceles nacionales. Además el nuevo ministerio deberá optimizar los planes y proyectos que tenga la función judicial, el Ministerio público y demás instituciones relacionadas con el sistema de justicia. 5
  • Declaratoria de Emergencia de áreas sociales: El Gobierno ha realizado varias declaratorias de emergencias en áreas sociales, como educación, salud, sistema penitenciario. Ellos ha permitido el flujo de fondos para ampliar la cobertura de los sistemas de salud, educación, atención penitenciaria, etc. Lamentablemente, este avance fue coartado por el Congreso que revocó estas declaratorias de emergencia.
  • Ampliación de la cobertura del Bono de Desarrollo Humano: Antes de la posesión del nuevo régimen, el Gobierno asignaba un bono de solidaridad, actualmente bono de desarrollo humano, dirigido a madres con varios hijos, personas adultas mayores (3era. edad), discapacitados, etc. Este bono de 15 dólares fue duplicado a 30 usd. por el actual gobierno y, además se ha ampliado la cobertura a más personas.

VII.- Prioridades identificadas por INREDH en cuanto al trabajo en derechos humanos.

  • Cárceles y Sistema Penal.- La Justicia Penal sigue siendo en Ecuador una de las más grandes fuentes de violación de los derechos humanos: condiciones carcelarias inhumanas, existencia de centros de detención ilegales regentados por la policía, falta de aplicación de las normas a favor de mujeres embarazadas y personas adultas mayores, demora excesiva de los juicios, penas desproporcionadas y excesivas, aplicación indiscriminada de la prisión preventiva, falta de defensa pública, incomunicación y tortura6.
  • Conflictos socio ambientales.- El Estado Ecuatoriano está utilizando al ejército ecuatoriano y a la policía nacional para reprimir a campesinos y comunidades indígenas desarmadas que tratan de proteger su vida y el medio ambiente mediante la movilización social. Se deben establecer mecanismos participativos de consulta en las cuales se informe debidamente a las comunidades de los impactos ambientales de las actividades extractivas (madera, petróleo y minerales) y se debe respetar su decisión7.
  • Impunidad.- Se debe adaptar el sistema legal para sancionar penal o civilmente de forma efectiva a los agentes y funcionarios que violan derechos humanos en el país: castigar a funcionarios judiciales y particulares que hostigan judicialmente a líderes sociales y a defensores de derechos humanos, tipificar la tortura dentro de nuestro código penal, eliminar los fueros policiales y militares, destituir a los funcionarios que no acaten las disposiciones del Tribunal Constitucional, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de los órganos del Sistema Universal.

VIII.- Recomendaciones sobre la canalización de recursos de la cooperación internacional

Creemos que la cooperación internacional debe concentrarse en las áreas de capacitación en derechos humanos a comunidades de base que pueden ser afectadas por actividades extractivas, a la creación de veedurías ciudadanas del accionar del Sistema Penal y de los efectivos de la policía nacional, campañas de desmilitarización, impulso de las Comisión de la Verdad que investiga los crímenes de estado del gobierno de León Febres-Cordero ; y, creación y mantenimiento de comités locales de derechos humanos.
Para información adicional o aclaraciones nuestros contactos son:

Email: presidencia@inredh.org ; carceles@inredh.org y juridico@inredh.org
Dirección: Av. República 192 y Av. Diego de Almagro, edificio Casa Blanca, departamento 2-C, Quito, Ecuador
Teléfono/fax: (593) 2 2526365
Página Web: http://www.inredh.org

Atentamente,

Luís Ángel Saavedra Andrés Borja David Cordero Heredia
Presidente Asesor Jurídico Asesor Jurídico

Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos - INREDH

3 Sobre la eficacia del Tribunal Constitucional, favor revisar: http://www.inredh.org/boletines/derechos/index.php?modulo=guachala_001#

4 Sobre un examen detallado de los incumplimientos de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, favor revisar: http://www.inredh.org/boletines/derechos/index.php?modulo=corte_interamericana_derechos_humanos#1

6 Sobre la situación carcelaria y el sistema penal, favor consultar: http://www.inredh.org/boletines/derechos/index.php?modulo=carceles_drogas_001

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Mingasocial Comunicación

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