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Date: Wed, 23 Apr 2008 19:31:22 -0300
From: raulalayon@adinet.com.uy
To:
Subject: India, no debiste salir de la selva, lárgate a tu país"
Sr Raul Alayon
movimiento uruguayo de los sin techo
grito de los excluidos del Uruguay
Condenado, con agravante de racismo
2008-04-23
Ocurre muy pocas veces. Desde 2006, ninguna, según los datos del
Colegio de Abogados de Madrid. En ese tiempo, ningún juez había
aplicado el agravante de racismo en una sentencia por agresiones o
amenazas. En toda España, en 2006, sólo lo hicieron dos, según un
informe reciente de Amnistía Internacional. Pero un magistrado del
Juzgado de Instrucción número seis de Madrid ha considerado que un
hombre insultó, vejó y amenazó a su vecina, una mujer nacida en América
del sur, pero de nacionalidad española, cada vez que se cruzaba con
ella ?por motivos racistas, movido por el desprecio a la denunciante y
con una clara xenofobia contra el origen racial y color de piel? de la
demandante.
"Eres una india que nunca debería haber salido de la selva. Puta,
ladrona, guarra, asquerosa, lárgate a tu país", tuvo que oír la víctima
un día, en el ascensor de su casa. "Algún día te voy a matar", le dijo
en otra ocasión, en el portal, blandiendo una botella que sacó de la
bolsa de la compra. "Y si no te mato con esta botella, te daré en la
cabeza hasta destaparte el cráneo", añadió.
El condenado negó los hechos durante el juicio. Negó incluso conocer a
la víctima, su vecina. Pero sólo durante unos minutos. Porque le pudo
su odio hacia la denunciante, con rasgos étnicos propios y acusados,
según la sentencia. En pleno juicio, después de haber asegurado al juez
que no la conocía, la insultó de nuevo: "¡Delincuente!", "Me molestas a
mí y a toda la comunidad", le increpó.
Por todo esto, el juez alcanzó la íntima convicción de que había un
evidente móvil xenófobo racista en las amenazas y vejaciones
cometidas por el acusado, al que condena como autor plenamente
responsable de una falta de amenazas con instrumento peligroso y de
una falta de vejaciones, injurias, concurriendo en ambas el agravante
de racismo. La pena es de 20 días de multa con una cuota de seis euros
por cada una de las faltas y el abono de las costas del juicio. La
víctima y el condenado siguen viviendo en el mismo inmueble.
El Colegio de Abogados de Madrid, que en 2006 firmó un convenio con el
Ayuntamiento para prestar asistencia jurídica en casos de racismo y
xenofobia, destaca la importancia de esta sentencia. Demostrar una
agresión es relativamente fácil, pero demostrar qué la ha motivado, no.
Desde que firmamos el convenio, asistimos 45 casos el primer año y 30
el segundo. "No se aplicó en ninguno", explica Juan Antonio Iglesias,
coordinador del Colegio de Abogados de Madrid para los casos de racismo
y xenofobia…
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